domingo, 11 de octubre de 2015

Garantías asociadas a la compra de un producto

Nuestro socio La Central del Negocio nos ha faciltia el siguente artículo donde esclarece muchas de las dudas que aparecen al comprar un producto o servicio.
El artículo completo lo podrá ver en el enlace sobre impresionado.

Aquí les resumimos el artículo:
Por regla general, la Ley establece que la Garantía en los productos es de 2 años desde la compra. Para hacer valer ésta garantía el consumidor puede ir al comerciante o vendedor que le proporcionó el producto como al fabricante en sí.
Si el defecto se produjese dentro de los primeros 6 meses de utilización del producto, ni tan sólo sería necesario que el comprador / consumidor tuviera que demostrar el por qué del mal funcionamiento ya que se presumiría que el defecto viene de origen ( fábrica ).
El problema viene pasado éste tiempo ( 6 meses ), donde tanto el fabricante como el vendedor pueden pedir al consumidor que demuestre que se trata de un error o defecto de origen.  En éste caso, si no hay buena fe ni buenas prácticas por parte de vendedor y fabricante, será necesario un informe pericial por lo que según el coste que pueda tener el producto adquirido puede suponer un sobrecoste con una recompensa final poco atractiva.
A grandes rasgos, pasamos a resumir las garantías:
  1. Productos Nuevos: 2 años de garantía desde la compra. Durante los primeros 6 meses no tendremos que demostrar nada y pasados esos 6 meses sí será necesario demostrar que es un defecto de fábrica.
  2. Productos de Segunda Mano: como regla general será de 1 año si lo vende un profesional o de 6 meses si lo vende un particular. Difícilmente un particular se haga cargo de ninguna garantía por lo que tenemos que tener bien claro qué estamos comprando. La transparencia se hace imprescindible en éstos casos.
  3. Reparaciones: 3 meses desde la reparación. Si vuelve a averiarse el servicio de atención al cliente deberá arreglarlo gratis. ( en coches se extiende también a los 3 meses o 2.000km)
  4. Vivienda con Edificación posterior al 6 de Mayo del 2000: 1 año para los defectos de acabados como podrían ser cristales, puertas, pintura, marcos, zócalos, etc.; 3 años para defectos funcionales tales como humedades, etc. y 10 años para daños estructurales como forjados, vigas, muros de carga, etc ( de ahí que por ejemplo arquitectos, etc. se les exija los seguros de Responsabilidad Civil tan amplios y por tanto tiempo )
En la compra sólo será necesario que nos informen de las garantías adicionales. No así las establecidas por ley que hemos enumerado.
Daniel Moreno Haro
La Central del Negocio
Franquicia LoWCost.
Franquicia rentable a partir del cuarto mes de actividad.

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