lunes, 21 de septiembre de 2015

El IVA en las ejecuciones de Obra

Debido a la gran controversia que genera el IVA en las ejecuciones de obra, desde Asesoría Edac hemos realizado la siguiente circular:

Se aplicará la Inversión del Sujeto pasivo en:

a) Ejecuciones de obra con o sin aportación de materiales, realizadas entre promotor y contratista, o entre contratista principal y otros subcontratistas.
b) Urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
c) También aplicaremos la inversión del sujeto pasivo en las cesiones de personal (mano de obra) para la ejecución de los contratos descritos siendo sujeto pasivo en empresario o profesional que recibe el personal.
Lea el artículo completo en:
http://www.serviciosdac.com/noticias/cuando-van-sin-iva-las-facturas-de-una-obra/

Daniel Moreno Haro
CEO Asesoría Edac

No hay comentarios:

Publicar un comentario